Buscar este blog

miércoles, 18 de mayo de 2016

El punto sobre la i

Arturo Damm se pregunta cuál debería ser el límite de los impuestos.

Arturo Damm es economista mexicano.
¿Por qué es importante encontrar la respuesta correcta a la pregunta por el límite de los impuestos? Porque cobrarlos implica que hay alguien, el gobierno, con el poder suficiente para obligar al contribuyente a entregarle parte del producto de su trabajo, y para castigarlo en caso de que no lo haga, poder que, en manos poco escrupulosas, hace que dicho cobro degenere en un robo con todas las de la ley, legalidad que, por sí misma, no los hace justos. Para eso hace falta mucho más que una ley para cada impuesto.
Objetivamente el límite del cobro de impuestos es el 100 por ciento de los ingresos delcontribuyente, límite que no se ha alcanzado jamás. Aún en el caso de la esclavitud el amo debe dedicar una parte del ingreso generado por el esclavo para mantenerlo en las condiciones necesarias que le permitan seguir explotándolo. Al amo del esclavo no le conviene explotarlo al 100 por ciento, y por ello nunca lo ha hecho, de la misma manera, y por la misma razón, que los gobiernos nunca le han cobrado al contribuyente un impuesto equivalente al 100 por ciento de sus ingresos. Tal impuesto acabaría con el contribuyente, con la recaudación, y con el gobierno.
(Lo anterior quiere decir que el principal poder del gobierno es el poder obligar al contribuyente a entregarle parte del producto de su trabajo, poder sin el cual el gobierno deja de existir. En ese poder consiste el pecado original del gobierno).
Pero además del límite objetivo existe, en el cobro de impuestos, un límite subjetivo, en el sentido de que el mismo depende del sujeto, que en este caso es el contribuyente, límite que se encuentra en su paciencia. Mucho antes de que el gobierno pueda cobrarle al contribuyente el 100 por ciento de sus ingresos, éste se revelará contra tal injusticia.
¿Quiere lo anterior decir que el límite al cobro de impuestos debe ser la paciencia del contribuyente y que deben cobrarse hasta el límite de la misma? No, claro que no. Entonces, si el límite en ese cobro no debe ser el 100 por ciento de los ingresos del contribuyente, ni tampoco su paciencia, ¿cuál debe ser? El que corresponda a la cantidad necesaria para financiar las legítimas tareas del gobierno, suponiendo un impuesto único (ni uno más), homogéneo (la misma tasa en todos los casos), universal (sin ninguna excepción) a la compra de bienes y servicios de consumo final (no a la compra, ni de bienes de capital: instalaciones, maquinaria, equipo, etc., ni de bienes intermedios: materias primas). Concepto importante:legítimas tareas del gobierno, debiendo distinguir entre lo que el gobierno puede hacer y lo que el gobierno debe hacer, siendo lo primero mucho más que lo segundo, siendo lo segundo poco eficaz frente a lo primero. ¿Qué gobierno se limita a lo que debe hacer?
El problema que enfrentamos los contribuyentes es que cualquier gobierno hace mucho más de lo que debe hacer, dejando de ser gobierno para convertirse en ángel de la guarda, y como tal preservarnos de todos los males, incluidos aquellos que podamos hacernos a nosotros mismos, y en hada madrina, y como tal concedernos todos los bienes, desde la cuna hasta la tumba. Para lograrlo (o por lo menos intentarlo) debe cobrar (como de hecho lo hace) más impuestos de los que cobraría si se limitara (límite que ningún gobierno está dispuesto a imponerse) a la realización de sus legítimas tareas (que la mayoría de gobernantes considera son todas las que el gobierno pueda realizar), que son: garantizar la seguridad contra la delincuencia; impartir justicia; proveer los bienes y servicios públicos, que realmente lo sean, y que verdaderamente deban ser provistos; ordenar la convivencia en los espacios públicos; internalizar las externalidades negativas.
La pregunta no debe ser cuál es el límite de los impuestos, sino cuál debe ser.
Por ello, pongamos el punto sobre la i.
Este artículo fue publicado originalmente en Asuntos Capitales (México) el 9 de mayo de 2016.

No hay comentarios:

Publicar un comentario