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miércoles, 13 de mayo de 2015

Grecia paga su deuda con el FMI con un fondo de emergencia de SDRs del FMI


Por OroyFinanzas.com
 
 
OroyFinanzas.com) – El Gobierno griego ha conseguido pagar los 750 millones de euros que debía entregar al Fondo Monetario Internacional (FMI) con un fondo de reserva en Special Drawing Rights-SDR (Derechos Especiales de Giro-DEG) (*) que tenía con el FMI y que ha desbloqueado con la autorización del mismo en una reunión de emergencia del sábado pasado.
 
Atenas rembolsó al FMI un tramo de 750 millones de euros recurriendo a un «fondo de emergencia» del Banco de Grecia destinado a cubrir «necesidades extraordinarias», anunció este martes una fuente del banco central. «Es una iniciativa del gobernador del Banco de Grecia para salir del bloqueo», indicó la fuente.
 
Al gobierno de izquierda de Alexis Tsipras le quedan cada vez menos fondos por el empantanamiento de las negociaciones con sus acreedores de la Eurozona y el FMI, que está retrasando el pago de un último tramo de asistencia financiera de 7.200 millones de euros.
 
La semana pasada, el gobernador del Banco de Grecia, Yannis Stournaras, informó al gobierno de que podía recurrir a los 660 millones de euros de una cuenta especial de la institución creada para cubrir «necesidades extraordinarias». La fuente del banco central precisó que tras dos reuniones con los colaboradores de Tsipras y una consulta con el FMI, se pudo desbloquear ese dinero reservado a las situaciones «muy graves». El resto de ese tramo de 750 millones de euros debidos este martes al FMI, cuya orden de pago se dio el lunes, fue aportado por el Estado.
 
En otro comunicado, el gobierno griego señaló este martes que las administraciones locales y los organismos públicos han depositado un total de 600 millones de euros en las cuentas del banco central, tras la decisión del gobierno de imponerles que transfirieran sus reservas.
 
 
 
(*) ¿Qué es el Derecho Especial de Giro – Special Drawing Rights?
 
 Según se explican en la pagina del FMI “El DEG (Derecho Especial de Giro) o (SDR por su siglas en ingés) ‘Special Drawing Rights’, es un activo de reserva internacional creado en el año 1969 por el Fondo Monetario Internacional que sirve para complementar las reservas oficiales de los países miembros y apoyar el sistema de paridades fijas de Bretton Woods”.
 
“El valor del DEG está basado en una cesta de cuatro monedas internacionales fundamentales. Los DEG o Derechos Especiales de Giro se pueden intercambiar por monedas de libre uso. Tras la asignación general del 28 de agosto y la asignación especial del 9 de septiembre de 2009, el volumen de DEG en circulación aumentó diez veces de 21.400 millones a aproximadamente 204.000 millones de DEG (equivalentes a unos 310 millones, al tipo de cambio vigente al 20 de agosto de 2012). Los miembros del FMI también pueden realizar entre sí intercambios voluntarios de DEG por divisas. En un informe reciente, el personal técnico del FMI examina varias opciones para reforzar el papel del DEG a fin de fomentar la estabilidad del sistema monetario internacional”.

Cómo se determina el valor del Derecho Especial de Giro (DEG)

“Inicialmente, el valor del DEG se definió como un valor equivalente a 0,888671 gramos de oro fino, que por entonces, equivalía a un dólar estadounidense. Sin embargo, al derrumbarse el sistema de Bretton Woods en 1973, el DEG se redefinió en base a una cesta de monedas, actualmente integrada por el dólar de EE.UU., el euro, la libra esterlina y el yen japonés. El equivalente del DEG en dólares de EE.UU. se publica diariamente en la web del FMI y se calcula sumando determinados montos de las cuatro divisas de la cesta valoradas en dólares estadounidenses, sobre la base de los tipos de cambio cotizados a mediodía en el mercado de Londres”.
 
La composición de la cesta se somete a la revisión del Directorio Ejecutivo cada cinco años, o antes si el FMI determina que las circunstancias lo justifican, a fin de velar que refleje la importancia relativa de cada moneda en los sistemas comerciales y financieros mundiales. La próxima revisión tendrá lugar a más tardar en 2015. En octubre de 2011, el Directorio Ejecutivo del FMI examinó la forma de definir con mayor claridad los criterios vigentes para ampliar la cesta de monedas del DEG así como las posibles opciones de reforma de estos. La mayor parte de los directores opinó que los criterios actuales para la selección de las monedas que integran la cesta del DEG siguen siendo apropiados.
 
Asignaciones de los (Derechos Especiales de Giro) DEG a los países miembros
 
En virtud de su Convenio Constitutivo el FMI puede asignar DEG a los países miembros, en proporción a sus cuotas. Dicha asignación ofrece a cada miembro un activo de reserva internacional incondicional que no le implica costo alguno y que no devenga ni cobra intereses.
 
Sin embargo, si las tenencias de DEG de un país miembro superan al nivel asignado, devengan intereses sobre el excedente, mientras que si mantiene un nivel inferior al asignado, se paga intereses sobre el déficit. El Convenio Constitutivo también permite la cancelación de DEG, pero esa disposición no se ha empleado nunca. El FMI no puede asignarse DEG ni puede asignárselos a otros tenedores autorizados.
 
Las asignaciones generales de DEG se han efectuado únicamente en tres ocasiones. La primera asignación, por un total 9.300 millones de DEG, se distribuyó entre 1970-72, la segunda, de 12.100 millones, se distribuyó entre 1979–81. Sumadas, ascendieron a 21.400 millones de DEG. Para ayudar a mitigar los efectos de la crisis financiera, el 28 de agosto de 2009 se realizó una tercera asignación general de DEG, por un importe de 161.200 millones. Tras la asignación especial y la general de 2009, el total acumulativo de DEG asignados ascendió a alrededor de DEG 204.000 millones.
 
Compraventa de Derechos Especiales de Giro (DEG)
 
Los países miembros a menudo necesitan comprar DEG para cumplir con sus obligaciones ante el FMI. En otros casos, optan por venderlos para ajustar la composición de sus reservas. El FMI puede actuar como intermediario entre esos miembros y los tenedores autorizados para asegurar que los DEG se puedan cambiar por monedas de libre uso.
 
 

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