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Las cédulas y bonos hipotecarios
Las cédulas y los bonos hipotecarios son títulos respaldados por el volumen de los préstamos hipotecarios que tiene otorgados su emisor. Ambos se emiten en plazos similares, generalmente en el tramo comprendido entre uno y tres años, aunque en ocasiones se emiten con plazos de hasta diez años.
Las principales diferencias entre estos títulos son las siguientes:
- Las cédulas hipotecarias son títulos valores que se encuentran garantizados de modo general por la totalidad de los préstamos hipotecarios concedidos por la entidad emisora.
- Los bonos hipotecarios están garantizados por un conjunto específico de préstamos hipotecarios que quedan directamente afectos al pago del capital y de los intereses de estos bonos.
- En el caso de los bonos, al ser emitidos por un sindicato bancario o grupo de bancos, se requiere la autorización del mismo para operar con los bonos o amortizar el crédito hipotecario garantizado con estos títulos; en cambio, en el caso de las cédulas hipotecarias el emisor puede operar independientemente.
Las participaciones hipotecarias representan la cesión total o parcial de un préstamo hipotecario de una entidad a otra o al público, de manera que “participa” en el préstamo hipotecario y cobra la parte de los intereses del préstamo que le corresponden de acuerdo con su participación relativa. Habitualmente incorporan un porcentaje sobre el principal de uno o varios créditos de la entidad emisora, y sólo pueden ser emitidas por las entidades autorizadas para operar en el mercado hipotecario. En resumen, las participaciones hipotecarias se configuran como una cesión de crédito.
Los bonos de titulización hipotecaria
La titulización, titulación o titularización supone la transformación de un derecho de cobro que tiene un prestamista o acreedor sobre un prestatario en títulos negociables. Es decir, es un proceso que permite convertir determinados derechos en posesión de una entidad en valores negociables que, posteriormente, son transmitidos a terceros, basando su rentabilidad en los flujos de caja derivados de tales derechos.
Las razones que motivan a una entidad titulizar sus activos son diversas:
- Obtener liquidez.
- Obtener una liberación de capitales, que permite una forma de gestionar más eficientemente la base de capital. Al sacarse de balance las participaciones hipotecarias, que requieren debido al llamado coeficiente de solvencia una inmovilización de capital propio, se produce una liberación de capital que permite utilizarse para otros nuevos negocios.
- Ampliar y diversificar fuentes de financiación accediendo a nuevos mercados.
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